Fuente: Ferlin Fuentes A. en nacion.com

El Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) autorizó el traspaso y levantó limitaciones a un terreno de 132 hectáreas, el mismo que hoy cubre el yacimiento más importante del polémico proyecto minero Crucitas, en Cutris de San Carlos, Alajuela.

Se trata de la parcela 28-25, terreno para la agricultura que el IDA tituló en el asentamiento Chambacú, a una pareja de campesinos el 25 de mayo de 1995.

Cuatro meses después, esta institución autorizó la venta a Juan Carlos Hernández Jiménez, actual representante legal y vocal de la empresa minera Industrias Infinito S. A.

Los agricultores Víctor Salazar y Noemy Vargas aceptaron las limitaciones que establecen los artículos 67 y 68 de la Ley de Tierras y Colonización, de 1961.

Según estas normas, “el beneficiario no podrá traspasar el dominio de su predio ni gravarlo, arrendarlo o subdividirlo sin autorización del Instituto, excepto que hayan transcurrido quince años desde la adquisición de la parcela”.

Sin embargo, Hernández obtuvo el terreno cinco meses después, según el traspaso No. 2512453 A, autenticado por el notario Jorge Alberto Jiménez Cordero.

Para Rolando González, presidente ejecutivo del IDA, lo que ocurrió con esas y otros terrenos del asentamiento Chambacú fue “un error”.

“A esas tierras (y no solo esa finca) se le aplicó el capítulo de parcelización; cuando lo correcto era el de colonización. La razón es que estas tierras nunca fueron adquiridas por el IDA, sino que los propietarios eran de larga data”, explicó.

No obstante y pese a lo que consideró un error, el jerarca reconoció que un abogado no califica para obtener la finca en las condiciones en que esa, específicamente, fue titulada. Es decir, como parcelas.

“Si fuera bajo esa legislación (Ley 2825) tiene que demostrar todos los requisitos que dice el reglamento de selección de familia. En cuyo caso, un profesional en derecho no califica, lo que pasa es que se le aplicó una norma donde no aplicaba”, manifestó González.

Juan Carlos Hernández está inscrito en el Colegio de Abogados desde el 28 de mayo de 1990, y el Reglamento de Selección de Familia del IDA indica que las personas que pueden obtener una parcela titulada bajo la Ley de Tierras y Colonización tienen que demostrar ser agricultores.

A él se le hicieron seis llamadas telefónicas a lo largo de la semana, cinco a la oficina y una a su casa. No obstante, a través de su secretaria, Emily Arce, el abogado aseveró que no daría ninguna declaración.

Rol esencial. Este profesional comenzó a figurar en la historia del proyecto minero el 13 de octubre de 1993. Fue en esa fecha, cuando la minera Placer Dome de Costa Rica le otorgó un poder generalísimo especial para que tramite permisos de exploración y explotación. Además, para que busque propiedades de interés para la minería.

En octubre de 1995, Hernández adquirió la finca de 132 hectáreas en ¢97,5 millones, gracias a la pronta autorización de la junta directiva del IDA.

Cuatro años después, Hernández gestiona, como parcelero, el levantamiento de la restricción de uso agrícola, a lo cual accedieron también los directivos del IDA.

Empero, la finca con el yacimiento no quedó en sus manos, pues él la vendió por apenas ¢10.000 a otra firma denominada Distribuidora Vivoyet, el 16 de noviembre del 2000. En el mismo acto notarial, también realizado por Jorge Jiménez Cordero, se otorgó un usufructo a Industrias Infinito.

Ese nombre fue el que adquirió la firma Placer Dome, mediante acto del 4 de febrero de1999.

Es por esta razón, que en febrero pasado, Infinito alegó ante la Sala I de la Corte Suprema de Justicia que no es la propietaria de las tierras, al presentar un recurso de revisión extraordinario contra el fallo judicial que anuló la concesión para sacar oro de la mina.

De acuerdo con Alejandro Arauz, geólogo que trabajó para Placer Dome entre 1995 y 1998, la propiedad es muy valiosa pues se encuentra un yacimiento que en los 90 era considerado el más importante de Centroamérica.

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