Fuente: elpais.cr

La Municipalidad de San Isidro de Heredia podrá aplicar de manera retroactiva el Plan Regulador del cantón, al rechazar de plano la Sala Constitucional una Acción de Inconstitucionalidad, presentada por una empresa inmobiliaria.

La resolución 3306-10 se refiere a la  Acción de Inconstitucionalidad en contra de los artículos 26, 73, 74, 76, 77 y 124 del Plan Regulador de la Municipalidad de San Isidro de Heredia.

Los artículos se impugnan en cuanto, en criterio del accionante, implican la revocación y/o anulación de todos los trámites realizados por su representada relativos a la construcción del proyecto habitacional “Doña Marcela”, al no reconocer los permisos ya tramitados, cambiar las zonas, exigir nuevos requisitos y, en última instancia, al no contemplar un transitorio que permitiera a los gestionantes ponerse a derecho con los nuevos requerimientos.
En concreto, indica que el artículo 26 del Plan Regulador deja sin efecto todos los requisitos técnicos cumplidos por su representada, debiendo tramitar de nuevo ante la Municipalidad todos los permisos y gestiones.

El artículo 73 define distintas zonas a las existentes cuando se tramitó el proyecto a favor de su representada y coloca a ésta en estado de indefensión frente a la norma.

El artículo 74 define una zonificación distinta para la tramitación de permisos de uso de suelos permitidos en esa zona.

El artículo 76 establece que todos los trámites ya efectuados hasta la fecha quedan sin efecto y deben cumplirse nuevos requisitos, variando además el tamaño de los lotes que ya estaban aprobados a su favor.

El numeral 77 “congela” el bien inmueble objeto del estudio e impone restricciones que limitan el número máximo de lotes permitidos en urbanizaciones para cada uno de los distritos del cantón, bajando el porcentaje de utilidad de la tierra de un 70% a un 60%.  Con base en las consideraciones dadas en la sentencia, se rechaza de plano la acción.

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