Ambientalistas interponen acción para frenar decreto del gobierno

Fuente: Betania Artavia diarioextra.com. Eduardo Brenes, fungió como director del Prugam hasta la semana anterior cuando fue despedido, por criticar el decreto firmado por los ministros de Vivienda, Ambiente y Presidencia.

El Prugram es un programa que se financió con recursos de la Unión Europea con el fin de corregir el deterioro acelerado de las condiciones medioambientales, sociales y económicas del Gran Área Metropolitana, según sus objetivos y tras años de inversión en él, de un momento a otro, la ministra de Vivienda, Clara Zomer, y el ministro de Ambiente Jorge Rodríguez, tiran al suelo uno de los principales logros del programa, como fue la consolidación de un anillo de contención.

Es decir, una zona de protección de los recursos naturales, que se dejaba sin construcciones, una buena parte de esta zona sirve de recarga hídrica, de manera que allí nacen los manantiales que suplen el agua de los pobladores de la Gran Área Metropolitana, también sus bosques contribuyen a eliminar parte del carbono que se produce y ofrecer un ambiente más sano.

Se trata de unas 5 373 14 hectáreas que se encontraban bajo esta protección, hasta que el 19 de febrero se publicó en La Gaceta el decreto 35748, firmado por los ministros de Vivienda y Ambiente, en el cual se elimina esa prohibición, poniendo fin al anillo de contención, esto significa que los dueños de esos terrenos pueden arrasar con los árboles y construir nuevos condominios, residenciales de alto valor, dejando de lado la protección del ambiente.

De estas zonas 2 030 son de alta fragilidad ambiental; 1 807,87 de muy alta fragilidad; 1 434 de moderada fragilidad y 464 son área construida, según el cuadro de la franja de 200 metros de contención urbana del GAM de 1982. Entre las zonas de más alta vulnerabilidad están la parte norte de Cartago, en un área amenazada por el río Reventado; así como la zona norte de Barva en Heredia, que es una de las zonas de recarga acuífera más importantes, de donde sale gran parte del líquido vital para los habitantes del GAM; en el borde sur está Aserrí, que presenta zonas de pendientes, al igual que el área que va desde Mora hasta Desamparados, que son de fragilidad ambiental así como los alrededores de la Carpintera.


Curiosamente, una vez más vino de la sociedad civil la oposición ante la Sala Constitucional, exigiendo el respeto a uno de los mandatos constitucionales: el derecho a un ambiente sano, y los ambientalistas Álvaro Sato Rodríguez y José Alberto Brenes André, interpusieron el amparo que se encuentra en la Sala Cuarta desde el jueves anterior.

Los denunciantes aseguran ante los magistrados que los terrenos en disputa son en su mayoríoa áreas de recarga acuífera, corredores biológicos, zonas de alta fragilidad ambiental o de riesgo geológico, como zonas de deslizamientos, erosión y con fallas geológicas activas, y sitios de recreación para los pobladores del GAM, lo cual violenta los artículos 21, 50 y 89 de la Constitución Política.

“La lógica de la racionalidad ambiental, más bien debería ser por incrementar y ampliar las áreas de protección, o como en este caso el anillo de contención urbano, a efecto de garantizar que las personas que aún no han nacido puedan disponer de aspectos básicos como lo sería el agua, el esparcimiento y porque no también tenemos que garantizar la biodiversidad y los ciclos vitales que se manejan en los bosques y áreas de influencia de estos, pero la lógica de la modificación reglamentaria, el Poder Ejecutivo piensa en el inmediato y no el después, cuestión vital a entender dentro de esta acción de inconstitucionalidad”, indican los firmantes del documento.

Y es que el decreto firmado por el ministro de Ambiente y la de ministra de Vivienda permite que se construya en el 50% de la zona que actualmente sirve de anillo protector, donde en muchos casos las familias han desarrollado el turismo rural, o como en las montañas del Barva, son fundamentales para la conservación del agua.

"Las áreas de muy alta y alta fragilidad ambiental dentro de esa franja de tierra que cubre 25 cantones, es de 4 118 hectáreas, de decir, el 75.5 % del total. Estas no son aptas para el desarrollo urbano intenso. Son aptas para la actividad agrícola o la conservación ambiental, o bien, algunas de ellas, para un desarrollo urbano controlado y condicionado", señaló la denuncia.

Sostienen los ambientalistas que el romper la frontera de contención contraviene el principio de irreductibilidad del bosque, y ya existe jurisprudencia anterior de la misma Sala Constitucional al respecto.

“El decreto que quí se impugna induce un desarrollo urbano que ignora por completo uno de los pilares fundamentales del Prugam y permite que se vayan a dar construcciones incluso en zonas de riesgo, es decir de alta a muy alta vulnerabilidad a las amenazas y peligros naturales”, indican.

¿DENUNCIARLO LE COSTÓ LA CABEZA?
Precisamente denunciar los riesgos de este decreto le costó la cabeza al director del Prugam, Eduardo Brenes, quien se opuso a las modificaciones al Prugam, que permitirían abrir esta franja o anillo de contención.


Y a los pocos días de su denuncia pública fue cesado del cargo, al igual que varios funcionarios más del proyecto, el cual ahora está en manos del INVU para su ejecución.

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